Hace unos meses el Delegado de Protección de Datos de la UPV nos prohibía explícitamente el uso, con alumnos (para fines docentes), de cualquier aplicación que no contara con una licencia corporativa de la UPV (que la UPV hubiera comprado una licencia CAMPUS). Es decir, que no puedo usar aplicaciones para las que he comprado una licencia oficial a nombre de la UPV (pero sin licencia campus, solo tengo una licencia de profesor para uso individual o para un grupo de X personas), como por ejemplo TRELLO o JIRA. Esta limitación se extiende a herramientas gratuitas. Por ejemplo no puedo pedirles que usen GOOGLE drive para las actividades de mis asignaturas, ni usar el MOODLE que tengo instalado en un servidor de la UPV, ni puedo pedirles que creen un Blog o que participen editando entradas en wikipedia, ni convocarles a una reunión por Skype (aunque les deje elegir un nombre y un correo ficticio para registrarse), ni tampoco por ZOOM (que no exige que se creen una cuenta y se pueden conectar directamente con una clave de sala que yo les proporciono), tampoco les puedo pedir que vean un “directo” mio por streaming en Youtube (lo que me hace suponer que tampoco les puedo exigir que vean videos de youtube o alojados en una plataforma que no sea el repositorio de video oficial de la UPV). Solo pueden usar POLIFORMAT (sakai) o MS TEAMS.
Reconozco que me extraña mucho todo esto. La mayoría de mis alumnos (si no la totalidad) usan whatsapp para comunicarse en grupos de estudiantes, comparten diariamente documentos en google drive y no tienen el más mínimo problema en instalarse cualquier aplicación gratuita en sus dispositivos móviles (incluso las mas intrusivas que trazan toda su actividad diaria o datos biométricos). Tampoco tienen problema en aceptar todo tipo de cookies en las webs que navegan. No parecen tener muchos problemas en exponer en redes sociales (Facebook , instagram etc.) información mucho más sensible y personal que la que se puede exponer usando cualquiera de las aplicaciones que me gustaría usar en mi docencia.En fin que no sé de qué riesgos les estamos intentando proteger.
No obstante, aunque no comparta el motivo de la prohibición, la acato por imperativo legal.
Sin embargo, lo que se me exige por LDPDP como profesor de una asignatura en una universidad pública, no impide que Juan Marin, a título personal (no como profesor de la asignatura), pueda usar su blog personal para lanzar retos en abierto (como una forma de cumplir la misión social de la universidad) y que estos retos pudieran servir para que las personas aprendan cosas relacionadas con una asignatura concreta. Si alguna persona matriculada en una de mis asignaturas quiere sumarse a los retos por su cuenta y riesgo, perfecto. Pero no se tendrán en cuenta en la evaluación de la asignatura.
PD: a ver cuánto tardan en prohibirme también esto… y cuanto tardo yo en volver a dejar el campo sin cercas 😉
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